-
CONVOCATORIA AYUDAS PROGRAMA KIT DIGITAL
PROGRAMA KIT DIGITAL
El 30 de diciembre de 2021, se publicó en el BOE nº313, la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (PROGRAMA KIT DIGITAL).
OBJETIVO
Facilitar y/o acelerar la digitalización de las PYMEs, concretamente pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, promoviendo la adopción de un conjunto de categorías de soluciones básicas de digitalización, adecuadas a su nivel de madurez digital
DESTINATARIOS Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Los autónomos y empresas de menos de 50 empleados podrán solicitar, dentro del plazo de las convocatorias, las ayudas de Kit Digital y optar a bonos digitales de 3.000, 6.000 ó 12.000 euros, en función del segmento al que pertenezcan.
Así, la cuantía de la ayuda para empresas de entre 10 y menos de 50 empleados, es de 12.000 euros.
Para empresas de entre 3 y menos de 10 empleados, los bonos son de 6.000 euros.
Por último, las ayudas para pymes de entre 0 y menos de 3 empleados es de 3.000 euros.
- CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO III (entre 0 y menos de 3 empleados) (AMPLIADO PLAZO HASTA EL 31/10/2025)
- CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO II (entre 3 y menos de 0 empleados) (PLAZO HASTA EL 31/12/2024)
- CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO I (entre 10 y menos de 50 empleados) (PLAZO HASTA EL 31/12/2024)
NOTA: Desde mayo 2024, el Kit Digital para el Segmento III se amplía 1.000€ para la compra de un ordenador, ya sea portátil o de mesa.
Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización y Segmento son los siguientes:
SOLICITUDES
Las solicitudes se presentarán por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización únicamente a través del formulario automatizado, que recogerá los puntos contemplados en la Convocatoria, habilitado en la Sede Electrónica de Red.es, el cual también será accesible desde la plataforma Acelera Pyme (https://www.acelerapyme.gob.es/), dentro de los plazos establecidos.
COMO SOLICITAR LA AYUDA DE KIT DIGITAL
Pasos que se deberán seguir para la solicitud de las ayudas:
1. Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y realizar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos, para comprobar el nivel de digitalización de tu empresa.
2. Consultar el catálogo de soluciones de digitalización del Programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican.
3. Solicitar la ayuda del Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es) completando el formulario.
4. Una vez se comprueba que la empresa cumple los requisitos, se concede el bono digital. El beneficiario (la pyme o autónomo/a) podrá consultar en www.acelerapyme.es el catálogo de soluciones básicas de digitalización que ofrece el Programa Kit Digital y también podrá ver el catálogo de agentes digitalizadores.
5. El beneficiario, finalmente deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”.
Las ayudas del Programa Kit Digital son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.