ACTA DE LA COMISIÓN ELECTORAL PROCLAMACIÓN DE CANDIDATOS JUNTA DE GOBIERNO 2021

La Comisión Electoral del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Córdoba, reunida, en la sede colegial, el día 24 de mayo de 2021, a los efectos de proceder a la proclamación de candidatos a los cargos de Junta de Gobierno, todo ello tras el examen de las candidaturas presentadas y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Normativa Electoral, en las elecciones que, debidamente convocadas.

En su virtud, esta Comisión Electoral, adopta por unanimidad el siguiente ACUERDO:

PRIMERO.  –  Admitir las candidaturas siguientes:

  • Al cargo de Presidente, la de D. Guillermo Vizcaíno Perea
  • Al cargo de Secretario, la de D. Eduardo Bautista Balmón
  • Al cargo de Tesorero-Contador, la de D. Jesús Campos Ruano
  • Al cargo de Vocal 1º, la de D. Antonio Jesús Caballero López
  • Al cargo de Vocal 2º, la de Dña. María Torres Bollullos
  • Al cargo de Vocal 3º, la de D. Jesús Francisco Fernández Moreno

SEGUNDO. – Efectuar, como se efectúa, la formal proclamación de los candidatos admitidos, toda vez que sus candidaturas han sido presentadas en tiempo y forma y los candidatos cumplen con cuantos requisitos requieren la Normativa Electoral y los Estatutos Particulares de este Colegio.

TERCERO. – Tener en consideración que las candidaturas aquí relacionadas y que mediante el presente acuerdo se proclaman, son las únicas presentadas y, tal y como establece el artículo 4 de la Normativa Electoral, las candidaturas así proclamadas quedan relevadas de elección y han de tenerse desde ahora, como así expresamente se proclama, por candidatos electos. De igual modo y en consonancia con lo anterior, se eliminan en este acto los votos recibidos por correo.

 CUARTO. – Proceder a la publicación de este acuerdo en el Tablón de Anuncios de esta Corporación, así como en la página web colegial, a los efectos consiguientes.

 QUINTO. –  Dar traslado del presente acuerdo, así como del resto de documentación electoral, al Secretario de la Junta de Gobierno del Colegio, todo ello según lo establecido en el art. 12 de la Normativa Electoral.

 Contra este acuerdo cabe recurso de alzada ante el Pleno del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, por medio de escrito y en plazo de un mes, al amparo de lo dispuesto en artículo 14 de la Normativa Electoral.