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  • HNA-PREMAAT ENCUENTRO INFORMATIVO ONLINE - NOVEDADES EN EL SISTEMA DE COTIZACIÓN PARA AUTÓNOMOS

     


    HNA-PREMAAT, siguiendo los principios establecidos en el Real Decreto-Ley 13/2022 para el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA), va a implantar un sistema de cuotas del Sistema de Previsión Personalizado (SPP) en función de los rendimientos netos de sus mutualistas cuando éste actúa como sistema alternativo al alta en el RETA.

    Encuentro informativo online

    Adicionalmente a la comunicación que los mutualistas ya han recibido sobre este sistema de cuotas y con la intención de explicar al detalle esta actualización en el sistema de primas del SPP para quienes éste actúa como sistema alternativo al alta en el RETA, así como resolver las posibles dudas que puedan surgir, HNA-PREMAAT ha organizado una serie de encuentros informativos virtuales.

    El primero de ellos será el lunes 23 de enero a las 12:00 horas. Estas charlas destinadas a los mutualistas para los que HNA-PREMAAT es su alternativa al RETA, también se celebrarán virtualmente durante el mes de febrero, los días 2, 9 y 16. Todas ellas se iniciarán a las 12 horas.

    Enlace web de la preinscripción a las sesiones online



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  • VIDEO SOBRE REHABILITACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE LOS FONDOS NEXT GENERATION. COMPLEMENTO SAINT GOBAIN PARA CE3X IPSUBVENCIONA

     

    El pasado miércoles 23 de noviembre se celebró una jornada en la que se habló sobre los fondos Next Generation y el complemento al CE3X desarrollado por Saint Gobain, ipSubvenciona.

    Si bien la asistencia presencial fue un éxito, por motivos técnicos del instituto, no se pudo conectar la jornada para su visualización completando el modo híbrido. Es por esto, os hacemos llegar el vídeo grabado donde podréis conocer esta herramienta.

    Además, podéis encontrar el descargable del complemento de forma libre y gratuita en los siguientes enlaces:

    • https://www.placo.es/para-que-sirve-ipsubvenciona

    • https://www.isover.es/ipsubvenciona

    • https://efinovatic.es/complementos/ipSubvenciona/



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  • 2022 R.D 903/2022, DE 25 DE OCTUBRE, MODIFICAN R.D. 42/2022, REGULA EL BONO ALQUILER JOVEN Y EL P.ESTATAL ACCESO A LA VIV. 2022-2025, R.D 106/2018, PLAN ESTATAL VIV. 2018-2021 Y R.D 853/2021 PROGRAMA AYUDAS REHABILITACIÓN ENERGÉTICA.

     




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  • VÍDEO JORNADA SOBRE HERRAMIENTA INFORMÁTICA PARA LA ELABORACIÓN DEL LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE (LEEX)

     

     

    Enlace a la grabación del Webinar sobre la elaboración del Libro del Edificio Existente (LEEx) celebrado el 10 de noviembre de 2022, en la que se realizó una breve presentación del RD 853/2021 de las ayudas a la rehabilitación y una demostración de la herramienta elaborada por el Consejo de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Aragón y promovida por el CGATE.





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  • RD LEY 18/2022 - AMPLIACIÓN PLAZO DEDUCCIÓN FISCAL POR OBRAS DE REHABILITACIÓN ENERGÉTICA

     

    Se ha publicado Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, por el que se aprueban medidas de refuerzo de la protección de los consumidores de energía y de contribución a la reducción del consumo de gas natural en aplicación del "Plan + seguridad para tu energía (+SE)", así como medidas en materia de retribuciones del personal al servicio del sector público y de protección de las personas trabajadoras agrarias eventuales afectadas por la sequía.

    Entre las medidas relacionadas con la deducción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, se amplía el plazo de aplicación quedando como sigue:

    • Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023.
    • Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023.
    • Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2024. 


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  • ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022 - CONVOCATORIA SUBVENCIONES REHABILITACIÓN ENERGÉTICA - ANDALUCÍA

     

    CONVOCATORIA AYUDAS A LA REHABILITACION PLAN DE RECUPERACIÓN ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN A NIVEL DE EDIFICIO, LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS, LA ELABORACIÓN DEL LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE PARA LA REHABILITACIÓN Y LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE REHABILITACIÓN, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA / BOJA 3 OCT 2022 https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/190/BOJA22-190-00075-15324-01_00268595.pdf

     

    EXTRACTO DE LA ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN A NIVEL DE EDIFICIO, LA MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS, LA ELABORACIÓN DEL LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE PARA LA REHABILITACIÓN Y LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE REHABILITACIÓN, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA / BOJA 3 OCT 2022 https://www.juntadeandalucia.es/eboja/2022/190/BOJA22-190-00006-15327-01_00268599.pdf



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  • HERRAMIENTA INFORMÁTICA PARA REALIZAR EL LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE (LEEX CGATE)

     

    En la página web del Consejo General, se encuentra a disposición de los colegiados y colegiadas de la Arquitectura Técnica la adaptación al ámbito nacional de la herramienta informática para la elaboración del Libro del Edificio Existente, la cual ha sido posible gracias a la colaboración establecida entre el CGATE y el Consejo de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Aragón.

    Esta herramienta cumple íntegramente con lo dispuesto en el Anexo I “Información mínima del Libro del edificio existente para la rehabilitación” contemplado en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. A su vez, se ha desarrollado tomando como base la “Guía para la elaboración del Libro del Edificio Existente”, elaborada por CGATE, el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja - CSIC y el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, con la coordinación de la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Guía para la elaboración del Libro del Edificio Existente / Índice comentado (cgate.es).

    Los informes LEEx que elaboren los colegiados y colegiadas de la Arquitectura Técnica a través de la herramienta informática que pone a disposición el CGATE, tendrán un coste de 16 €+IVA por informe. Por su parte, los informes LEEx que otros técnicos no colegiados realicen a través de esta herramienta informática tendrá un coste de 30 € + IVA por informe.



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  • NUEVA VERSIÓN DE LA HERRAMIENTA UNIFICADA PARA VERIFICACIÓN DEL DB-HE 2019 (1 DE SEPTIEMBRE DE 2022)

     


    Actualización de HULC que incorpora como principales novedades la corrección del cálculo de la carga de iluminación al modificar la potencia instalada, la corrección de las horas fuera de consigna en GT y la clasificación correcta de las medianeras.

    Acceder a la información.



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  • AVANCE DE LA GUÍA DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO ESTRUCTURAL A LA EDIFICACIÓN (CSIC)

     


    El objeto de este documento es facilitar la transición al Código Estructural (CE) a los proyectistas de estructuras habituados a utilizar la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08). El documento se centra por tanto en la regulación de las estructuras de hormigón en el CE por ser esta regulación la que ha experimentado más cambios con la aprobación del nuevo reglamento dado que la EHE-08 es un documento más antiguo que la Instrucción de Acero Estructural (EAE).

    Este documento constituye un avance de la futura Guía de aplicación del Código Estructural a la edificación que se publicará en esta misma serie por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y una vez que la Guía se publique constituirá un anejo de la misma.

    No se trata de un listado exhaustivo de los cambios y novedades que aporta el nuevo Código frente a la reglamentación que sustituye, sino de un conjunto de apuntes referentes a aquellas cuestiones que se consideran significativas, de manera que, tanto aquel que decida iniciar el estudio más profundo del CE como aquel que quiera adaptar sus documentos de proyecto pueda tener una base a partir de la cual abordar esta nueva norma.

    El documento se centra en la definición de los materiales y sus propiedades, en las bases de cálculo y en los diversos procedimientos de análisis y dimensionado de estructuras, no entrando a fondo en los aspectos de control y gestión de la calidad.

    Descargar guía.



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  • PRESENTACIÓN DE LA LEY 9/2022, DE 14 DE JUNIO, DE CALIDAD DE LA ARQUITECTURA

     


    Se adjunta enlace a la presentación elaborada por la Asesoría Jurídica del Consejo General, sobre la Ley 9/2022, de 14 de junio, de Calidad de la Arquitectura.

    Asimismo, se recuerda que La Ley es accesible a través del siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2022/06/15/pdfs/BOE-A-2022-9837.pdf



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  • LA ALUMNA DE LA ESCUELA POLITÉCNICA, ELENA GÓMEZ BERNAL, RECIBE EL 1ER PREMIO EN LOS PREMIOS PROYECTO FIN DE GRADO DEL CGATE

     


    El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) ha vuelto a promover los IV Premios a Proyectos Fin de Grado para alumnos recién egresados de las Escuelas con grados conducentes a nuestra profesión.

    Este año, el 1er premio lo ha recibido la Estudiante de Grado en Edificación de la Universidad de Extremadura, Elena Gómez Bernal.

    Esta convocatoria ha tenido un éxito incluso mayor que las anteriores ediciones, y confirma la tendencia creciente del interés por estos Premios año a año. Además, también se ha podido comprobar la buena preparación de los recién egresados Arquitectos Técnicos, extraída de la alta calidad de todas las solicitudes recibidas

    Reunido el jurado, tras el análisis de cada una de las candidaturas, recibidas en tiempo y forma para esta cuarta convocatoria, y de acuerdo con las bases publicadas, transmite la resolución definitiva de los Premiados por Proyectos Final de Grado 2022:

    1er Premio: 3.000€ Dª. ELENA GÓMEZ BERNAL de la Escuela Politécnica de Cáceres de la Universidad de Extremadura por “LEVANTAMIENTO PLANIMÉTRICO Y PROPUESTA DE ACCESIBILIDAD EN LA CASA ROMANA DE LA ALCAZABA DE MÉRIDA”.

    2do Premio: 2.000€ D. JOSÉ FRANCISCO GRACIA PEÑARANDA de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería de Edificación de la Universitat Politècnica De València por “DISEÑO Y ADECUACIÓN CON HBIM DE INSTALACIONES CABLEADAS E INALÁMBRICAS EN EDIFICIOS PROTEGIDOS. EL ALMUDÍN Y EL PALACIO MARQUÉS DE CAMPO (VALENCIA) COMO CASOS DE ESTUDIO”.

    3er Premio: 1.000€ D. INOCENCIO QUILES GONZÁLEZ de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Alicante por “MODELADO DIGITAL Y APLICACIÓN DE LA FOTOGRAMETRÍA DIGITAL EN EL CONTEXTO DE LA CONSTRUCCIÓN ORIGINAL DEL COLEGIO SAGRADA FAMILIA DE ELDA (ALICANTE) PARA LA PUESTA EN VALOR DE ALGUNOS DE SUS ELEMENTOS CONSTRUCTIVOS”.

    La resolución completa se puede consultar en el siguiente enlace.



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  • INFORME CGATE - LEY 7/2022 DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

     

    Informe sobre el cambio normativo en la Ley de Residuos y Suelos Contaminantes elaborado por el CGATE

    La ley 7/2022 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular es la transposición de la Directiva (UE) 2018/851 del Parlamento Europeo, como ya se hiciese en su momento con la Directiva 2008/98/CE que modificó la anterior regulación española que databa del año 1998 dando lugar a la ley 22/2011, de residuos y suelos contaminados que ahora se sustituye en favor de esta más reciente.

    Si bien es cierto que la normativa que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición es el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, antes la Ley 22/2011 y ahora la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados complementan a esta con algunas directrices más actualizadas de carácter europeo.

    Se destacan a continuación los artículos que puedan afectar a los residuos de construcción y demolición.

    Artículo 2. Definiciones.

    as) «Residuos de construcción y demolición»: residuos generados por las actividades de construcción y demolición.

    at) «Residuos domésticos»: residuos peligrosos o no peligrosos generados en los hogares como consecuencia de las actividades domésticas. Se consideran también residuos domésticos los similares en composición y cantidad a los anteriores generados en servicios e industrias, que no se generen como consecuencia de la actividad propia del servicio o industria.

    Se incluyen también en esta categoría los residuos que se generan en los hogares de, entre otros, aceites de cocina usados, aparatos eléctricos y electrónicos, textil, pilas, acumuladores, muebles, enseres y colchones, así como los residuos y escombros procedentes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria.

    Tendrán la consideración de residuos domésticos, los residuos procedentes de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados.

    Artículo 18. Medidas de prevención.

    a. Promover y apoyar los modelos de producción y de consumo sostenibles

    b. Fomentar el diseño, la fabricación y el uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos, duraderos (también en términos de vida útil y ausencia de obsolescencia programada), reparables, reutilizables y actualizables.

    d. Fomentar la reutilización de los productos y la implantación de sistemas que promuevan actividades de reparación y reutilización y en particular para los aparatos eléctricos y electrónicos, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción.

    f. Reducir la generación de residuos en la producción industrial, en la fabricación, en la extracción de minerales y en la construcción y demolición, tomando en consideración las mejores técnicas disponibles y buenas prácticas ambientales.

    Artículo 26. Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización.

    1. Con objeto de cumplir los objetivos de la ley y de contribuir hacia una economía circular europea con un alto nivel de eficiencia de los recursos, las autoridades competentes deberán adoptar las medidas necesarias, a través de los planes y programas de gestión de residuos, para garantizar que se logran los siguientes objetivos:

    b. La cantidad de residuos no peligrosos de construcción y demolición destinados a la preparación para la reutilización, el reciclado y otra valorización de materiales, con exclusión de los materiales en estado natural definidos en la categoría 17 05 04 de la lista de residuos, deberá alcanzar como mínimo el 70% en peso de los producidos.

    Artículo 30. Residuos de construcción y demolición.

    1. Sin perjuicio de la normativa específica para determinados residuos, en las obras de demolición, deberán retirarse, prohibiendo su mezcla con otros residuos, y manejarse de manera segura las sustancias peligrosas, en particular, el amianto

    2. A partir del 1 de julio de 2022, los residuos de la construcción y demolición no peligrosos deberán ser clasificados en, al menos, las siguientes fracciones: madera, fracciones de minerales (hormigón, ladrillos, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso. Asimismo, se clasificarán aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados tales como tejas, sanitarios o elementos estructurales. Esta clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria.

    3. La demolición se llevará a cabo preferiblemente de forma selectiva, y con carácter obligatorio a partir del 1 de enero de 2024, garantizando la retirada de, al menos, las fracciones de materiales indicadas en el apartado anterior, previo estudio que identifique las cantidades que se prevé generar de cada fracción, cuando no exista obligación de disponer de un estudio de gestión de residuos y prevea el tratamiento de estos según la jerarquía establecida en el artículo 8.

    Para facilitar lo anterior, se establecerá reglamentariamente la obligación de disponer de libros digitales de materiales empleados en las nuevas obras de construcción, de conformidad con lo que se establezca a nivel de la Unión Europea en el ámbito de la economía circular. Asimismo, se establecerán requisitos de ecodiseño para los proyectos de construcción y edificación.

    Disposición adicional decimocuarta. Instalaciones y emplazamientos con amianto.

    En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley, los ayuntamientos elaborarán un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada. Tanto el censo como el calendario, que tendrán carácter público, serán remitidos a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales competentes de las comunidades autónomas, las cuales deberán inspeccionar para verificar, respectivamente, que se han retirado y enviado a un gestor autorizado. Esa retirada priorizará las instalaciones y emplazamientos atendiendo a su grado de peligrosidad y exposición a la población más vulnerable. En todo caso las instalaciones o emplazamientos de carácter público con mayor riesgo deberán estar gestionadas antes de 2028.

    Disposición derogatoria primera. Derogación normativa.

    Quedan derogadas todas aquellas disposiciones que se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en esta ley y en particular:

    1. Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

    2. El Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

    3. La Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos.

    4. La Orden de 13 de octubre de 1989 por la que se determinan los métodos de caracterización de los residuos tóxicos y peligrosos.




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  • NUEVA VERSIÓN DE LA HERRAMIENTA UNIFICADA LIDER-CALENER (HULC) PARA VERIFICACIÓN DEL DB-HE 2019

     


    Actualización de la Herramienta Unificada LIDER-CALENER (HULC) para la verificación del DB-HE y la Certificación energética que incluye novedades de la actualización de junio de 2022 del DB-HE y mejoras en el uso de sistemas de sustitución, ya también utilizables en pequeño terciario.

    https://www.codigotecnico.org/Programas/HerramientaUnificadaLIDERCALENER.html



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  • MODIFICACIÓN DE LA LOE

     


    La Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye la Disposición adicional cuarta que introduce una nueva disposición adicional en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, referida al cumplimiento del principio de no causar daño significativo en el medioambiente, en intervenciones con subvención pública.

    Disposición adicional cuarta. Modificación de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

    Se modifica la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, introduciendo una nueva disposición adicional novena, con la siguiente redacción:

    «Disposición adicional novena. Cumplimiento del principio de no causar daño significativo en el medio ambiente.

    Todas las intervenciones que se realicen en los edificios que se encuentren financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea o a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, deberán cumplir, además de lo previsto en esta ley y en su normativa de desarrollo, los requisitos exigidos en el marco de los referidos fondos con objeto de respetar el principio de no causar daño significativo en el medio ambiente.»



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  • BOE - APERTURA PLAZO SOLICITUD AYUDAS Y DESGRAVACIONES FISCALES PARA LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS

     

     

    EL pasado 15 de junio se publicó en el BOE la Ley 10/2022, de 14 de junio, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que supone la conversión en Ley del Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre. 

    1.- Deducciones fiscales

    Esta Ley modifica la Ley 35/2006 introduciendo nuevas deducciones temporales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada o del edificio en su conjunto, variando la cuantía en función del porcentaje de reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.

    No darán derecho a practicar esta deducción por las obras realizadas en la parte de la vivienda que se encuentre afecta a una actividad económica, plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

    Tres tipos de deducciones:

    - Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será desde la entrada en vigor del RDL hasta 31 de diciembre de 2022, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda. Podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.

    - Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Su periodo de aplicación será desde la entrada en vigor del RDL hasta 31 de diciembre de 2022, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda. Podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.

    - Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación será desde la entrada en vigor del RDL hasta 31 de diciembre de 2023, debiendo tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

     

    2.- Ayudas exentas de tributar en el IRPF

    Las Ayudas concedidas en virtud de los distintos programas establecidos en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, no se integrarán en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

     

    3.- Modificación de la Ley sobre propiedad horizontal (Comunidades de Propietarios)

    La realización de obras o actuaciones que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética acreditables a través de certificado de eficiencia energética del edificio o la implantación de fuentes de energía renovable de uso común, así como la solicitud de ayudas y subvenciones, préstamos o cualquier tipo de financiación por parte de la comunidad de propietarios a entidades públicas o privadas para la realización de tales obras o actuaciones, requerirá el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, que, a su vez, representen la mayoría simple de las cuotas de participación.

     

    4.- Aprobación de una línea de avales para la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.

    Creación de una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de los edificios de vivienda. A través de esta línea de avales se ofrece cobertura para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación, en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta quince años, en virtud de convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).



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  • ENCUESTA SOBRE EL DIAGNÓSTICO DE LA CONSTRUCCIÓN (SEGUNDO TRIMESTRE 2022)

     


    El Consejo General de la Arquitectura Técnica de España junto con The Royal Institution of Chartered Surveryors (RICS), elaboran el Informe diagnóstico de la Construcción para el segundo trimestre del año 2022.

    Cabe recordar que este documento sobre el diagnóstico de la construcción elaborado mediante estos informes trimestrales quiere dar a conocer la evolución del sector a medida que avanza el curso para tener una visión pormenorizada y actualizada de éste.

    Para la elaboración del segundo informe del año, se solicita la colaboración de los colegiados para cumplimentar la encuesta, que se incluye mediante el siguiente enlace, con la que se extraerán las conclusiones del análisis sobre el sector de la construcción con la suficiente representación.



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  • APROBADAS LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIÓN, LIBRO DEL EDIFICIO EXISTENTE Y REDACCIÓN DE PROYECTOS DE REHABILITACIÓN ORDEN DE 9 DE JUNIO 2022

     

    Publicada la Orden de 9 de junio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.



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  • PUBLICADO EN EL BOE EL DÍA 15/06/2022 EL REAL DECRETO 450/2022, DE 14 DE JUNIO POR EL QUE SE MODIFICA EL CTE

     


    El 15 de junio se publicó en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto 450/2022, de 14 de junio, por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación. Este Real Decreto establece una nueva exigencia de calidad en las edificaciones que obliga a disponer una infraestructura mínima para la recarga de vehículos eléctricos.

    Acceder a la información publicada en la web del Código Técnico de la Edificación sobre el Real Decreto 450/2022.

    Acceder al Real Decreto 450/2022 publicado en el BOE de fecha 15/06/2022.


    El documento modificado del CTE DB HE en el que se recogen las modificaciones de este Real Decreto se puede consultar en el siguiente enlace:

    https://www.codigotecnico.org/pdf/Documentos/HE/DcmHE.pdf









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