PORTAL DE TRANSPARENCIA
Presentación del ColegiojM
1. Entidad | Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Córdoba (al que tienen acceso los Ingenieros de la Edificación a efectos de ejercer las atribuciones profesionales que la normativa vigente reconoce a los Arquitectos Técnicos).![]() |
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2. CIF | Q – 1467001B | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.Sede Corporativa | Plaza del Cardenal Toledo, 1 · 14001 · Córdoba. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4. Contacto |
Teléfono: 957 49 69 00 Fax: 957 48 17 30 Correo electrónico: admon@coaatcordoba.es Web: https://www.coaatcordoba.com |
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5. Horario de atención al público |
Administración: De Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 horas. Departamento de Visado: |
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6. Normativa reguladora |
Estatutos del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Córdoba, aprobados por Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública de 28 de julio de 2017 (BOJA número 149, de 4 de agostor de 2017). Reglamentos Internos: |
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7. Funciones |
Las establecidas en el artículo 4 de sus Estatutos. Así mismo en el COAAT podrá obtener información, sobre las siguientes cuestiones: Condicionantes legales para la construcción, ampliación, adecuación o de edificios. Requisitos legales para la adecuación de locales a actividades comerciales. Exigencias del mantenimiento y conservación de los inmuebles Costos de la construcción. Contenido de los servicios profesionales de los Aparejadores y/o Arquitectos Técnicos. Ayudas a la Rehabilitación Turno de Oficio En el supuesto de precisar de los servicios de un Aparejador y/o Arquitecto Técnico, podrá solicitar del COAAT Córdoba se le designe a través del Turno de Oficio, que este tiene establecido, precisamente, para encauzar la distribución equitativa entre sus colegiados de los encargos que se reciban de la Administración Pública, los Tribunales de Justicia o de los ciudadanos. La designación por el COAAT de un técnico en Turno de Oficio no implica la gratuidad de los servicios, |
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6.Estructura organizativa |
A. Esquema Junta General de Colegiados Junta de Gobierno Presidente Secretario Tesorero – Contador Vocal 1º – Vocal 2º – Vocal 3º Asesor Jurídico Áreas Técnicos de Visado Gabinete Técnico Caja y Contabilidad – Mutuas Profesionales – Secretaría – Visado B. Junta General de Colegiados Función: La Junta General de Colegiados es el órgano supremo del Colegio, tiene carácter deliberante y decisivo en los asuntos de mayor relevancia de la vida colegial. Las atribuciones del Junta General se enumeran en el artículo 32 de los Estatutos. Composición: Está compuesta por todos los colegiados, sean ejercientes o no ejercientes que se encuentren al corriente en sus obligaciones y derechos corporativos. Sus acuerdos obligan a todos desde su adopción. Funcionamiento: Se ha de reunir con carácter ordinario dos veces al año, y su convocatoria y el desarrollo de su sesión a de ajustarse a lo establecidos en los artículos 36 y concordantes de los Estatutos. C. Junta de Gobierno Función: Es el órgano ordinario de dirección y administración del Colegio, realizando propuestas y ejecutando acuerdos de la Junta General de Colegiados, a la que ha de prestar el asesoramiento y apoyo técnico y jurídico que sea preciso. Sus cometidos en relación a la profesión, regímenes jurídico y económico del Colegio, la propia estructura corporativa y a los colegiados se regula en el artículo 49 de los Estatutos. Composición: Está integrada por el Presidente, Secretario, Contador y Tesorero y cuatro Vocales. Todos sus cargos son electivos y la pertenencia a un mismo cargo está limitada a dos mandatos. Relación de componentes:
INFRAESTRUCTURA TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA
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9. Relación de órganos unipersonales y normas reguladoras. |
Presidente Secretario Tesorero – Contador Vocal 1º Vocal 2º Vocal 3º (Artículos 56 y siguientes de los Estatutos) |
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10.Relación de órganos colegiados y normas reguladoras. |
Junta General de Colegiados. Artículos 29 y siguientes de los Estatutos. Junta de Gobierno. Artículos 46 y siguientes de los Estatutos. |
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11.Altos cargos y personas que ejerzan la máximas responsabilidades y que estén incluidas en el ámbito de aplicación de la normativa sobre incompatibilidades. | Ninguno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
12.Contratos (vigentes) suscritos con las Administraciones Públicas (en los términos del artículo 15.b de la LTPA). | Ninguno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
13.Convenios (vigentes) suscritos son las Administraciones Públicas (en los términos del artículo 15.b de la LTPA). | Ninguno | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
14.Subvenciones y ayudas públicas concedidas (en los términos del artículo 15.b de la LTPA).. |
Ninguna |
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15.Delegaciones de Competencia (vigentes). | Ninguna | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
16.Encomiendas de Gestión (vigentes) | Ninguna | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
17.Actuaciones de control financiero sobre el régimen presupuestario y financiero.. | Sometimiento anual del Presupuesto y Liquidación a la Junta General de Colegiados, previa publicación de su contenido entre el colectivo en los términos y plazos previstos estatutariamente. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||