CFO - SOLICITUD DE VISADO ÚNICO
TARIFAS
Solicitud de visado único en este colegio:
- Coste de visado en este colegio: Gratuito
CIRCULAR
Circular de visado de CFO de 1 de diciembre de 2021 en virtud del R.D. 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio y del Convenio de Coordinación Administrativa entre el CGATE y el CSCAE para la tramitación de visados del Certificado Final de Obra de 1 de julio de 2021
IMPRESOS DE VISADO – SOLICITUD VISADO ÚNICO CFO
POR LA DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
Para la tramitación del visado único del CFO de una Dirección de Ejecución de obra en este Colegio debes presentar los siguientes documentos firmados digitalmente por la dirección facultativa:
- Solicitud de visado
- Certificado final de obra.
- Libro de órdenes. (Obligatorio. En su caso solicitar duplicado en el Colegio Profesional correspondiente).
Además se deben adjuntar al CFO los anejos siguientes (según CTE):
- Descripción de las modificaciones introducidas durante la obra (con firma digital de la dirección de obra y según modelo establecido para tal fin por el COA de Córdoba).
- Relación de controles y sus resultados (con firma digital de la dirección de ejecución de obra).
- Documentación relativa a los controles realizados durante la ejecución de obra.
Si la solicitud de visado único se realiza en el Colegio de Arquitectos se debe aportar el CFO, el libro de órdenes y el Anejo II según CTE.
SOLICITUD DE VISADO ÚNICO DEL CFO EN ESTE COLEGIO
Aplicable al procedimiento de obtención del visado colegial obligatorio de los Certificados de Final de Obra de Edificación (CFO), referidos en el artículo 2, b) y c) del RD 1.000/2010 de 5 de agosto
Procedimiento a seguir en la solicitud del visado del CFO en el Colegio profesional del ámbito territorial en el que se ubica la obra.
Realizada la solicitud de visado único del CFO en este colegio, se procederá a comprobar la identidad y habilitación profesional del colegiado que pertenezca al mismo y se remitirá al COACO la documentación requerida legalmente, que al menos deberá incluir:
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- Copia de la solicitud de visado y de la encomienda expresa.
- Copia del CFO y sus anejos: descripción de las modificaciones introducidas durante la obra por el/la Arquitecto/a (firmado digitalmente por la dirección de obra) y relación de los controles realizados durante la ejecución de la obra y sus resultados firmado digitalmente por la dirección de ejecución material de la obra.
Los miembros de la dirección facultativa depositarán en sus Colegios Profesionales correspondientes la documentación del seguimiento de la obra y de su control a que se refiere el Anejo II del CTE a los efectos del registro, depósito y custodia de dicha documentación.
TRAMITACIÓN EN EL COACO
El COACO, en un máximo de cinco días hábiles, efectuará la comprobación de la documentación emitiendo a tal efecto, si así procede, la correspondiente Diligencia de conformidad sellada, que será remitida a éste colegio.
La diligencia consistirá en la comprobación de:
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- La identidad y habilitación profesional de la dirección de obra.
- La verificación de la integridad formal de los documentos anejos al CFO suscritos ésta.
- Depósito de la documentación de seguimiento de obra de la Dirección de Obra.
De NO CUMPLIR alguno de estos requisitos, en la diligencia se expresará tal circunstancia y la imposibilidad de efectuar las comprobaciones anteriormente señaladas y, por tanto, la imposibilidad de extender diligencia de conformidad.
De concurrir, a juicio del COACO, alguna causa relacionada con las comprobaciones que deben efectuarse, que impida extender diligencia de conformidad, con suspensión del plazo del procedimiento, se dará traslado al profesional al que afecte tal circunstancia para que en plazo no superior a diez (10) días subsane las deficiencias o formule las alegaciones que a su derecho convenga en relación a la incidencia planteada. De esta incidencia, la suspensión del plazo y su reanudación se dará cuenta a este colegio.
Una vez transcurrido el plazo concedido al interesado en el supuesto anterior, el COACO resolverá la incidencia, que en el caso de expresar disconformidad o ser negativa habrá de ser motivada y notificada al interesado y a este colegio.
Cuando la diligencia sea de conformidad, el COACO dará traslado de dicha diligencia a este colegio.
En el supuesto de que el COACO no haya trasladado a este colegio la correspondiente diligencia o no haya informado de la suspensión de la tramitación transcurridos los plazos establecidos en los apartados anteriores, se entenderá que la diligencia es de conformidad, pudiendo este Colegio emitir la resolución final de visado.
TRAMITACIÓN EN EL COAATCO
Recibida la solicitud de visado y la documentación requerida legalmente, este colegio efectuará las siguientes comprobaciones:
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- Integridad formal del documento anejo del CFO (Anejo II. Relación de controles realizados durante la ejecución de obra y sus resultados según modelo colegial).
- Depósito de la documentación controles realizados y de recepción de productos, equipos y sistemas.
- Corrección e integridad formal del CFO, con firma digital (emitida por Autoridad de Certificación) de los técnicos firmantes.
Siendo todo correcto y contando con diligencia de conformidad favorable, emitirá la resolución final de visado la cual se notificará al colegiado y al COACO.
La verificación de que el CFO aparece suscrito por la dirección de obra y la dirección durante la ejecución de la obra, así como de que se ha depositado la documentación del seguimiento de la obra y que se cuenta con la Diligencia de Conformidad del COACO son condiciones imprescindibles para la emisión del CFO y sus anejos. En consecuencia, se negará el visado del CFO, con informe previo que lo justifique, si no viene suscrito por los dos técnicos citados, si no se cuenta con Diligencia de Conformidad o si no se ha cumplido con la obligación de depósito de dicha documentación de entrega obligatoria. Por tanto, la comprobación de la corrección e integridad formal del CFO requiere necesariamente verificar que tal documentación existe, ha sido debidamente depositada y reúne los requisitos formales exigidos por la normativa de aplicación.
COSTE ECONÓMICO
Servicio gratuito para encargos tramitados en este Colegio.